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07 de Junio de 2017
PUBLICACIÓN NUEVO CONVENIO DEL METAL
21 de Diciembre de 2016
BON NADAL
24 de Noviembre de 2016 (Convenio Metal)
Novedades del nuevo convenio colectivo estatal de la industria, la tecnología y los servicios del sector del metal
En relación a la convalidación de la formación de aula permanente (8 horas), queda de la siguiente manera:
El segundo ciclo deberá transmitir además de la formación inicial, conocimientos y normas específicas en relación con el puesto de trabajo o oficio. La formación por puesto de trabajo u oficio de 20 horas incluye también la formación de Aula Permanente de 8 horas.
Por otro lado se establece una formación de renovación...
Se establece una acción de reciclaje formativo, obligatorio para el personal técnico, administrativo, mandos intermedios y personal de oficios, consiste en 4 horas de formación que serán impartidas periódicamente cada 3 años. Y versará sobre los reconocimientos preventivos específicos de cada especialidad.
Esta acción formativa de reciclaje será impartida de manera presencial, salvo para administrativos, admitiéndose para este colectivo, la modalidad de teleformación.
Asimismo, esta acción formativa de reciclaje será impartida, en el momento de la incorporación al puesto de trabajo, cuando el trabajador haya estado alejado del sector, al menos durante un año, de manera continuada.
Ambas partes se compremeten a desarrollar el contenido formativo de reciclaje durante la vigencia de este convenio.
14 de marzo de 2016 (Bonificación)
Contabilidad en cuenta separada o epígrafe específico
Se recuerda que la normativa de aplicación a la Formación Programada por las Empresas para sus trabajadores determina que todos los gastos de ejecución de las acciones formativas y permisos individuales de formación, así como las bonificaciones que se apliquen, deben quedar identificados en cuenta separada o epígrafe específico de la contabilidad bajo la denominación “formación profesional para el empleo”. A partir de la publicación del Real Decreto-ley 4/2015 y la Ley 30/2015, el incumplimiento de este requisito podrá ser objeto de sanción.
En el caso de costes externos, se pueden contabilizar en cuenta separada o epígrafe específico en las cuentas del subgrupo 62 “Servicios exteriores” con la referencia “formación continua” o "formación profesional para el empleo". En el caso de imputación de costes internos (personal, amortización,…) para justificar la actividad formativa bonificada, no será necesaria su contabilización en una cuenta contable diferente a la utilizada de forma habitual por la empresa para contabilizar los gastos de personal. No obstante, se deberá elaborar una memoria justificativa que correlacione los costes de personal interno imputados con su contabilización.
En caso de que finalmente algunas de las acciones formativas y/o permisos individuales de formación no sean objeto de bonificación, los gastos relativos a las mismas pueden reclasificarse de la cuenta o epígrafe específico indicado a otra cuenta.
Hay que recordar que constituye obligación de la empresa disponer de libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil.
21 de enero de 2016 (Empresa)
La Prevención de Riesgos Laborales ¿Gasto o inversión?
Esta herramienta facilita el cálculo del coste económico que significa un accidente de trabajo para su negocio. El objetivo es hacer más evidente el impacto económico que representan accidentes de trabajo para una empresa. La herramienta tiene en cuenta diversas variables como la pérdida de horas de trabajo y de producción, el daño a la maquinaria y las instalaciones y también los costes posibles de carácter legal o administrativo que puedan surgir. También incluye la posibilidad de obtener la diferencia entre el calculado y la inversión que le habría permitido evitar el accidente.
18 de enero de 2016 (Bonificación)
Novedades Formación Bonificada
Con el inicio del nuevo año, se vuelven a restablecer los créditos de las empresas para beneficiarse de formaciones bonificadas a sus trabajadores. Una novedad para este 2016, es que si su empresa pertenece a un grupo empresarial, cada empresa podrá disponer del importe del crédito que corresponda al grupo con el limite del 100% de lo cotizado por cada una de ellas en concepto de formación profesional.
Entendiendo este grupo empresarial como tal aquel en el que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
13 de Octubre de 2015 (Servicio de Prevención)
Real Decreto 899/2015, de 9 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Evaluado el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, se ha identificado que, debido a distorsiones en la interpretación y aplicación de esta norma, por diferentes comunidades autónomas se está exigiendo a los servicios de prevención requisitos adicionales que, en la práctica, implican nuevas autorizaciones incompatibles tanto con la Ley de prevención de Riesgos Laborales como con la Ley de garantía de la unidad de mercado.
Los objetivo del Real Decreto son:
26 de Junio de 2015 (Sector de la Construcción)
Aclaración del V Convenio Colectivo general del sector la construcción, en relación a la formación de primer y segundo ciclo (8 y 20 horas).
Tras la reunión realizada el pasado 03/12/2012 de la comisión paritaria del convenio general del sector de la construcción, y que tenia como objeto, las dudas acerca de la convivencia de la formación inicial (8 horas) y la formación por puesto de trabajo u oficio (2º ciclo de 20 horas), y tras la aclaración reflejada en dicha acta, redactaron que la formación por puesto de trabajo u oficio de 20 horas incluye también la formación de Aula Permanente o nivel inicial (8 horas).
A fecha 8 de junio de 2015, la dirección general de empleo resuelve la inscripción del acta anteriormente comentada y su publicación en el Boletin Oficial del Estado. Validando los acuerdos del acta de la comisión paritaria y otorgando la validez legal oportuna.
31 de marzo de 2015
Nueva presencia en Internet
A partir de ahora, podrá consultar todo lo que desee acerca de TERRASSA SERVEIS DE PREVENCIÓ, S.L. y nuestra oferta también en Internet. Esperamos su visita a nuestra página.