Tras la publigación el 07 de junio de 2017, del II Convenio colectivo estatal de la industria, la tecnologia y los servicios del sector del metal, se establece una formación de reciclaje consistente en 4 horas de formación que serán impartidas periódicamente cada 3 años o cuando el trabajador haya estado alejado del sector al menos durante un año de manera continuada. En este último supuesto, la formación será impartida con carácter previo a su incorporación.
La Fundación tiene por objeto el desarrollo de todo tipo de actividades sociolaborales dirigidas al conocimiento y observación de los cambios industriales, el fomento de la formación y cualificación profesional, y aquellas otras que tiendan a la mejora del empleo del Sector del Metal. La Fundación podrá desarrollar entre otras, las siguientes actividades:
1. Conseguir el perfeccionamiento y cualificación profesional de los trabajadores y de los empresarios.
2. Impulsar y desarrollar las relaciones sociolaborales entre los trabajadores y empresarios del Sector del Metal.
3. Contribuir a la mejora del dialogo social en todos los ámbitos negociales del Sector.
4. Fomentar la formación de los trabajadores y empresarios en materia de seguridad y salud en los centros de trabajo de Sector.
Acciones Formativas (8 o 20 horas)
C.1) actividades del CNAE 24: entre otras, trabajos de fabricación, producción y transformación del hierro, del acero y de los metales no férreos, y primera transformación (fabricación del acero, fundición de metales, fabricación de moldes, fabricación de tubos y similares).
C.2) actividades del CNAE 30.1 y 33.15: trabajos de construcción, reparación y mantenimiento naval en astilleros y muelles:
C.3) operarios en trabajos de forja.
C.4) operarios en trabajos de soldadura y oxicorte.
C.5) operarios de máquinas de mecanizado por arranque de viruta.
C.6) operarios de máquinas de mecanizado por abrasión.
C.7) operarios de máquinas de mecanizado por deformación y corte del metal:
C.8) operarios en actividades de tratamientos superficiales de las piezas de metal: desengrasado, limpieza, decapado, recubrimiento, pintura.
C.9) operarios en actividades de premontaje, montaje, cambio de formato y ensamblaje en fábricas.
C.10) trabajos de carpintería metálica.
C.11) operarios en trabajos de joyería.
C.12) los trabajos de mecánica, mantenimiento y reparación de máquinas, equipos industriales y/o equipos electromecánicos (industria aeroespacial, etc.).
C.13) los trabajos en talleres de reparación de vehículos.
C.14) trabajos de instalación, mantenimiento y reparación de equipos informáticos, automatismos y su programación, ordenadores y sus periféricos o dispositivos auxiliares; equipos y tecnologías de telecomunicaciones y de la información, redes de información y datos (TICs).
C.15) instaladores y reparadores de líneas y equipos eléctricos.
C.16) trabajos de fontanería, instalaciones de calefacción-climatización, instalaciones de agua caliente sanitaria e instalaciones solares térmicas.
C.17) los trabajos de mantenimiento, reparación e instalación de ascensores.
C.18) los trabajos de aislamiento e impermeabilización.
C.19) los trabajos de montaje de estructuras tubulares.
C.20) los trabajos de construcción y mantenimiento de vías férreas.
C.21) trabajos de instalaciones, mantenimiento y reparación de infraestructuras de telecomunicaciones (TIC y digitalización).
C.22) trabajos en gasoductos y redes de distribución de gases combustibles.
C.23) trabajos de otro tipo de instalaciones tales como instalaciones solares fotovoltaicas o instalaciones eólicas.
C.24) trabajos de recuperación y reciclaje de materias primas secundarias metálicas.
C.25) trabajos de control de calidad, verificación e inspección de materias en curso de fabricación y en productos terminados del sector.
C.26) conductores/transportistas.
C.27) conductores de carretillas elevadoras.
C.28) operadores de puente-grúa.
C.29) operadores de plataformas elevadoras.
C.30) operarios en almacén y logística y aprovisionamiento en los procesos de fabricación (incluyendo entre otras actividades el empaquetado, preparación de productos, reprocesado, con la ayuda o no de elementos mecánicos y otras tareas de aprovisionamiento y suministro de materiales y componentes).
C.31) conductores de grúas móviles autopropulsadas.
C.32) actividades que no se encuentren expresamente reguladas en este convenio.